El JPI Nº 3 de O Porriño ha condenado al Banco Cetelem a anular un contrato de una tarjeta de crédito revolving con el 16,63% TAE en una correcta aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo de 25-11-2015 . Condena a CETELEM a devolver al cliente las cantidades percibidas en exceso sobre el capital prestado, incluidos, en su caso, los gastos de prima de seguro de protección de pagos.

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