El JPI Nº 7 de L´Hospitalet de Llobregat ha condenado a Caixabank a indemnizar con 7.500€ a una clienta de Don Recuperador® por intromisión ilegítima a su derecho al honor , intimidad personal, propia imagen y protección de datos por haber incluido indebidamente a ficheros de morosidad Asnef Equifax.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora DOÑA MARÍA DEL MAR DE VILLA MOLINA en nombre y representación de DOÑA AZUCENA PÉREZ LOBETE, contra CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER EFC EP SAU debo declarar y declaro que la demandada CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER EFC EP ha incluido y/o mantenido a la actora en ficheros de solvencia patrimonial sin que se cumplan los requisitos para ello cometiendo una intromisión ilegítima a su derecho al honor, intimidad personal, propia imagen y protección de datos de la demandante y debo condenar y condeno a la demandada CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER EFC EP a eliminar los datos de la actora del registro de morosos y a indemnizar a la actora en la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS EUROS, (7.500€), más el interés legal correspondiente desde la interposión de la demanda.
Así mismo se condena a la demandada a que realice cuantos actos y comunicaciones sean necesarios para la cancelación y exclusión de los datos de los ficheros de solvencia patrimonial que aún permanezcan incluidos en dichos ficheros, en los términos en los que le fueron comunicados de conformidad con la legislación vigente, y lo comunique a la actora de forma escrita y las personas a quienes se hubieran comunicado o cedido dichos datos.
Se declaran las costas de oficio.
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